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Nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

En el BOE del pasado día 3 de julio se publicó la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria cuyas principales novedades son las siguientes.
-Incorporación de un , con las garantía propias de la jurisdicción contenciosa, junto a otros procedimientos específicos para determinadas materias, que sistematizan la dispersa normativa existente.
– de determinados procedimientos que dejan de ser de conocimiento judicial para pasar a ser competencia de Notarios, Secretarios judiciales y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
– entre secretarios judiciales, notarios y registradores en los procedimientos desjudicializados, en la idea de que la alternatividad supone un beneficio para el ciudadano que podrá optar por acudir, con análogo grado de seguridad jurídica, ante el secretario judicial, de forma gratuita, o hacerlo ante un notario o registrador, cuando considere que el pago del arancel se vea compensado por otras razones.