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El Parlamento aprueba la Ley Orgánica del Poder Judicial

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que incorpora medidas para reducir los tiempos de respuesta de los órganos judiciales, lograr una mayor especialización y mejorar el servicio a los ciudadanos.
La norma salió adelante con los votos del PP y UPN, mientras que el resto de grupos votó en contra, salvo UPyD, que se abstuvo y entrará en vigor el 1 de octubre.
La norma sale del Parlamento con medidas orientadas en este sentido como, por ejemplo, la distribución más homogénea de las cargas de trabajo entre los distintos juzgados y tribunales. Para ello, las salas de gobierno podrán acordar modificaciones en las normas de reparto de los juzgados de lo Mercantil, Menores, Vigilancia Penitenciaria, Contencioso-Administrativo o Social, para garantizar el equilibrio de la carga de trabajo entre todos ellos.

Por otro lado, trata de fomentar que las víctimas de violencia de género sean atendidas por los órganos especializados constituidos, de tal manera que la jurisdicción de los juzgados de Violencia pueda extenderse a más de un partido judicial, lo que servirá, además de para ofrecer una mejor atención a las víctimas, para descargar de trabajo a los juzgados de Primera Instancia e Instrucción o a los juzgados de Instrucción que tienen estas competencias en este momento. La Ley incrementa, además, las competencias de los jueces.
Se incluye una nueva regulación de los Plenos para la unificación de criterios, que pretende incrementar el grado de seguridad jurídica del sistema judicial.
Se pone en marcha un recurso de revisión que será el que deban emplear quienes quieran beneficiarse de decisiones tomadas por el tribunal de Estrasburgo. Además, establece que la sentencia de los jueces europeos afectará exclusivamente al demandante y no podrá hacerse extensiva a otros casos similares.
Se regula, la especialización de órganos judiciales, de manera temporal y con carácter exclusivo, en función de la acumulación de asuntos, para enjuiciar y resolver ciertas causas específicas y para que de esa manera puedan tener un ámbito provincial. Esta medida trata de facilitar la unificación de criterios.
Es una mejora pensada para quienes han tenido que acudir a la justicia en asuntos tales como acciones preferentes, grandes expedientes de regulación de empleo o cláusulas abusivas. Se excluye la inclusión por esta vía de asuntos relacionados con materias atribuidas ya a órganos de diferente clase así como a los juzgados de Instrucción.
Se podrán adscribir al órgano instructor jueces para las labores de apoyo en causas complejas; serán de utilidad en temas vinculados, por ejemplo, a delitos tributarios, cuestiones urbanísticas o mercantiles.
Por otra parte, se amplía de cinco a siete el número de vocales del CGPJ que integran la Comisión Permanente y cuentan, por tanto, con dedicación exclusiva, y elimina la obligatoriedad de que la Comisión de Igualdad del órgano sea presidida por una mujer. Se retrasa, además, a los 72 antilde;os la edad de jubilación de los jueces que queda vinculada a la desaparición del magistrado emérito.